Modelo 347 de Hacienda 2022 – Toda la información

¿Para qué sirve?, instrucciones, plazo de presentación, operaciones con terceros…


¿Qué es el modelo 347 de Hacienda?

Es una declaración informativa anual de todas las operaciones realizadas con tus proveedores y/o clientes el año pasado.

De esta forma la Agencia Tributaria cruza los datos para verificar la correlación entre las declaraciones de los distintos sujetos pasivos obligados a presentarlas.

¿Hay que pagar algo?

Nada de nada. Cero euros. La declaración tiene mero carácter informativo.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración?

Las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas, o sea, los autónomos y sociedades que hayan desarrollado una actividad económica o empresarial con terceros y hayan facturado debidamente la venta de un bien físico o de un servicio profesional.

¿A partir de qué facturación es obligatorio presentar la declaración?

Cuando la facturación anual total supere los 3.005,06 euros anuales.

Este tope se rebaja a 300,51 euros en el supuesto de cobros realizados por cuenta de terceros de honorarios profesionales, derechos de autor, de la propiedad intelectual e industrial o por encargo de colegiados, asociados o socios.

¿Existen sujetos pasivos exentos de presentar el modelo 347?

Sí.

Aquellas personas físicas y jurídicas que no tengan domicilio fiscal, tienda u oficina permanente o sede en España.

Las personas y entidades que tributen en el IRPF por el método de estimación objetiva (módulos) y, en paralelo, por el régimen simplificado del IVA (agricultura, ganadería, pesca o recargo de equivalencia).

¿Pueden sancionarme por no presentar la declaración?

Por supuesto que sí.

Las sanciones estipuladas legalmente van de 300 a 20.000 euros.

¿Qué plazo tengo para presentar el modelo 347?

Del 1 al 28 de febrero de 2022.

¿Dónde presento la declaración anual?

Por internet, de modo telemático, en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.

¿Puedo presentar la declaración fuera de plazo?

Sí, siempre por “razones de carácter técnico” que hayan hecho imposible tramitarla en tiempo y forma dentro del plazo fijado con antelación.

En el año 2022, esa prórroga extraordinaria se extiende a los días 1, 2, 3 y 4 de marzo.

¿Qué operaciones tengo que declarar?

  • Las ventas y compra de todo tipo de bienes y servicios, exentas o no de IVA (las comunidades de propietarios y las organizaciones de índole social también están obligadas a declarar por estos conceptos)
  • Los alquileres no sujetos a retención
  • Los anticipos de proveedores y clientes
  • Las operaciones de entidades aseguradoras
  • Las ayudas y subvenciones no reembolsables
  • Todo tipo de transacciones inmobiliarias

¿Qué pongo en la casilla 1?

La relación completa de los proveedores y clientes con los que has realizado operaciones en el ejercicio fiscal anterior, esto es, año 2021.

¿Qué incluyo en la casilla 2?

El importe total con IVA de todas las operaciones efectuadas con los clientes y proveedores mencionados en la casilla 1.

¿Qué datos introduzco en la casilla 3?

El número total de locales de negocio en alquiler vinculados a ti o tu sociedad.

¿Qué me piden en la casilla 4?

Que pongas el importe total con IVA de los arrendamientos de los locales citados en la casilla 3.

¿Tengo que declarar el nombre de todos mis proveedores y clientes?

Sí.

Tienes que identificarlos por su NIF, nombre o razón social, provincia y tipo de transacción, así como el importe anual de las operaciones llevadas a cabo con ellos.

¿Debo declarar todos los locales de negocio?

Sí; especificando NIF del arrendatario, nombre comercial, dirección del local e importe del alquiler.

¿Qué es REDEME?

Un Registro Especial de Devolución Mensual del IVA obligatorio para grupos exportadores y grandes empresas.

¿La sociedades inscritas en REDEME tienen que cumplimentar el modelo 347?

No.

¿Puede haber discrepancias entre un proveedor y un cliente por la misma operación declarada?

Sí.

El caso más frecuente se da cuando un proveedor expide una factura en un trimestre determinado y el cliente la registra en otro posterior.

¿Existe la posibilidad real de declarar un importe negativo en el modelo 347?

Respuesta afirmativa.

En cualquier caso, el montante debe ser superior a 3.005,06 euros. Si es negativo el resultado se anotará con el signo – delante de la cantidad declarada.

¿Cuántos registros permite incluir el modelo 347?

Hasta 40.000.


Antes de hacer la declaración coteja datos y facturas con tus clientes y proveedores.

Ruta telemática para presentar la declaración del modelo 347

En la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Itinerario: Sede electrónica AEAT>Trámites destacados>Presentar y consultar declaraciones>Modelo 347>Presentación ejercicio 2021.

Subsanación de errores

Hay que seguir esta ruta electrónica en la web de la Agencia Tributaria: Modelo 347>Consultas y modificaciones de las declaraciones>Consultar y modificar el ejercicio XXXX y siguientes.

Para ampliar y verificar información,

https://sede.agenciatributaria.gob.es/

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